Al llegar y retirarse del aeropuerto

Consideraciones para llegar y retirarse del Aeropuerto

La PAN le sugiere que tome en cuenta las siguientes consideraciones:

  • Verifique el estado de su equipaje. En caso de encontrar alguna irregularidad (rotura, aberturas, cortes, etc) haga la denuncia ante la PAN o la aerolínea que lo transporta.

  • Si su equipaje no llego, haga el reclamo en la Oficina de Reclamos de Equipaje o ante la aerolínea que lo transporta.

  • Una vez que pase el control de Aduanas y salga por la puerta de arribos no podrá volver a entrar a la zona, asegúrese de tener la totalidad de su equipaje y pertenencias antes de salir.

  • Muchos equipajes se parecen y pueden ser similares o iguales, ante la duda verifique que realmente contenga sus pertenencias, le recomendamos que tenga etiquetado su equipaje, indicando teléfonos y domicilio de contacto de país de origen y destino de ser posible.de salir.

  • No traslade equipaje de otras personas.

Reglamentaciones

La Policía Aérea Nacional tiene su raíz normativa en el Código Aeronáutico Nacional, que data de la década del 70, pero que fue una obra tan cuidadosamente realizada por sus redactores, que contaba en el Capítulo Disposiciones Varias, con la previsión sobre “el ejercicio del poder de policía aérea”, como se refiere en la exposición de motivos.

Así el Artículo 209 del Código Aeronáutico, expresa: “La policía aérea nacional será ejercida por la Fuerza Aérea Militar la que tendrá por cometido, sin perjuicio de las competencias especiales o concurrentes de otros organismos públicos, la vigilancia del cumplimiento de todas las normas que rigen la actividad aérea”.

Con ese solitario Artículo dispuesto en el último capítulo del Código Aeronáutico, encuentra su lugar dentro del Ordenamiento Jurídico la PAN, claro que en ese momento, si bien el artículo le atribuye en forma genérica el contralor de todas las normas que rigen la actividad aérea, se encontraba vacía de contenido y lejos del concepto que hoy tiene.

Su contenido vino a llenarse con el Decreto 437/001, véase el año en que se dio lugar a este decreto 2001, y permítanme recordar los hechos de terrorismo del 11 Setiembre ocurridos en ese año en EE.UU. contra la aviación civil, cuyo impacto tuvo consecuencias en nuestro país, entre otras, con la reglamentación de la PAN.

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